viernes, 20 de enero de 2017

Así de simple es la democracia formal , por @Parnasillo


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Para asegurar la representación del ciudadano en el origen y la separación y enfrentamiento entre poderes



  1. La unidad democrática parte del colegio electoral perteneciente a su correspondiente distrito electoral hasta llegar al gobierno de la nación.
     
  2. Cualquier Español residente en España y mayor de edad puede presentarse a representante de los ciudadanos de su distrito o presidente del gobierno de la nación española.

  3. Si no se consiguiera mayoría absoluta en la primera vuelta los cargos de diputado o presidente del gobierno serán elegidos a doble vuelta,  directamente por la sociedad civil, en convocatorias distintas solo desde los colegios electorales. Se necesitarán mil avales de los vecinos para poder presentarse a la elección de diputado y una mayoría de distritos para el de presidente.

    Esos cargos (diputados y presidente) nunca tendrán nada que ver el uno con el otro: ni en consultas, aprobaciones, etc.
  4. Nadie sobrepasará más de dos periodos legislativos de 4 años, volviendo después a la sociedad civil con los mismos derechos que los que partió. Ni uno más, ni uno menos. Quedan derogados todos los privilegios de casta del sistema partitocrático anterior, aplicándose las mismas leyes, deberes y derechos que a cualquier ciudadano.
  5. Los partidos, sindicatos, patronal y cualquier asociación civil deben pertenecer a la sociedad civil, y ser sufragados, voluntariamente, sólo por sus simpatizantes o miembros. Nadie puede ser obligado a sostener ninguno de ellos. Nunca serán sufragados por el Estado.
  6. Ningún partido, sindicato o patronal podrá aceptar ninguna financiación anónima, de lobbies o grupos de presión financieros o del tipo que sean. La transparencia y control debe ser absolutos por lo que Pay Pal y formas paralelas de recaudación no serán admitidas.
  7. Habrá 1 diputado por cada distrito, con mandato imperativo y revocable, cada cien mil habitantes, pagados directamente por los representados a través de los colegios electorales.
  8. Los diputados, formando parte del poder legislativo, propondrán las leyes en función de los dictados de la sociedad civil de cada uno de sus distritos, pero sin imprimir carácter coercitivo. Los representante de distrito forman una amalgama de sus respectivos distritos electorales.
  9. Las leyes propuestas por los diputados deben ser aprobadas en una Cámara Legislativa intermedia entre  el Estado y el Congreso de Diputados; y aparecer en el Boletín Oficial de la Nación para tener carácter coercitivo. El Estado no tendrá boletín excepto para asuntos internos de organización funcionarial. En caso de incompatibilidad prevalece el Boletín Oficial de la Nación. (La nación es la que legisla, no el Estado)
  10. La sociedad civil elegirá a un Presidente del Gobierno, y éste formará su gobierno libremente. Los ministros serán los únicos cargos públicos nombrados a dedo.
  11. El Estado se limitará a ejecutar en función de los dictados del poder legislativo sirviéndose de toda sus estructuras de poder y de funcionarios, y jamás legislará ni realizará consulta alguna al poder legislativo. El gobierno, por lo tanto, tendrá prohibida la entrada al Congreso para legislar.
  12. Todos los funcionarios, excepto los cargos electos y de gobierno, solo podrán tener acceso a las plazas mediante  oposiciones garantizadas, libres y transparentes; válidas para cualquier parte de España y siendo las mismas en todo el territorio. Los tribunales se elegirán la azar y nunca repetirán en el mismo lugar ni jamás pertenecerán a su misma Comunidad.
  13. El poder judicial es "presque nul" casi nulo desde el putno de vista político, y debe surgir directa y únicamente mediante una consulta directa realizada a todos los jueces, procuradores, abogados, fiscales, etc que intervienen en el ejercicio de la justicia. Su función es la de vigilar y controlar al poder ejecutivo y legislativo e incluso al judicial. Además, un juez de paz tendrá el poder de declarar cualquier ley como inconstitucional si así lo justifica.
     
  14. Para evitar la corrupción de las financiaciones de campaña, quid pro quo. Ya que los medios de comunicación vivirán durante 4 años, en gran parte, de las noticias generadas por los políticos, todos los aspirantes sin excepción, deberán tener el mismo espacio regulado gratuito a cargo de los los medios de comunicación. Se organizará un sistema transparente, justo y equitativo. El periodo de elecciones no sobrepasará los 15 días y no se podrá realizar otro tipo de campaña que no sea la gratuita. Cualquier pago realizado o recibido invalidaría para siempre al aspirante para ningún cargo público de ningún tipo, y al partido durante dos convocatorias; si el aspirante perteneciese a alguno.
  15. La única financiación posible de partidos, sindicatos, asociaciones, patronal, etc será por medio de las cuotas periódicas y reguladas de sus miembros o socios. El incumplimiento institucionalizado invalida al grupo.
  16. Se realizarán consultas directas y plebiscitos a la sociedad civil empleando la e-democracia solo en aquellas partes del proceso que no impliquen peligro alguno de manipulación del programa. Si está el representado no existe el representante. La tendencia será la participación y deliberación ciudadana para incrementar las cotas de participación en asuntos puntuales de proposición de ley.
  17. Cualquiera de los poderes puede dimitir o ser obligado a presentar la dimisión por los otros dos poderes o la sociedad civil. Ello implicaría automáticamente convocatoria de nuevas elecciones.

    Una vez instaurada la democracia formal se realizará un plebiscito sobre la Ordenación Territorial de España - Autonomías si/no y una consulta, cinco años después,  sobre monarquía o república.

     La futura Constitución debe reflejar estos puntos y estar sujeta a enmiendas de forma regulada cuando la sociedad civil o cualesquiera de los poderes así lo considere necesario.

    Autor: Vicente Jiménez. Twitter: @Parnasillo

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