sábado, 25 de marzo de 2017

EL EMBUDO PARTIDOCRÁTICO




Hiromu Kira, The thinker



Ya estableció Aristóteles que la oligarquía sustituye a la dictadura como forma de gobierno. Es de esta oligarquía entendida como grupo de intereses de donde nace la corrupción, que en España se ha convertido en factor necesario de gobierno. Desde la jefatura del Estado hasta las alcaldías, pasando por los variopintos parlamentos, y diputaciones, allí donde rigen los partidos del régimen se ha establecido un régimen clientelar que exige la sumisión al jefe del partido y su camarilla, a cambio de una porcioncita del pastel del Estado que se roba a los ciudadanos, perdón, súbditos, vía exacción fiscal, y de las mordidas que se puedan buenamente trasegar. Así, la misma Carta otorgada de 1978 que padecemos excluye que nadie pueda participar en la vida política si no pertenece a un partido del régimen, por lo que tal actividad se convierte en un embudo por el que solo pasan unos pocos, cuya mediocridad e inmoralidad será garantía de éxito en su carrera política.

Tal inmoralidad se contagia de arriba abajo a la sociedad civil, creando estamentos intermedios de grupos de privilegiados, menos prebendados cuanto más numerosos, que tienen la función de servir de defensa del statu quo, y de ejemplo de cara a la sociedad civil de cuál es el modo -inmoralmente- correcto de medrar en España.

Un ejemplo de esto puede ser la Universidad española, ninguna de las cuales figura en la clasificación de las 100 mejores del mundo; una situación sorprendente para la antaño octava potencia industrial del mundo. Menos sorprendente, sin embargo, si se piensa en su funcionamiento interno, que parece calcado en diversos aspectos del de los partidos del Estado. Así, el proceso de elección de los docentes es escandalosamente endogámico, con tribunales mayoritariamente formados por miembros de cada institución, por lo que el candidato "de la casa", en tanto que cuente con el favor de sus padrinos, obtendrá "su" plaza, independientemente de sus méritos. La mediocridad y el servilismo pueden ser, en ocasiones, factores determinantes tanto en un cursus académico como político. Si a esto se une la escasa docencia (danse incluso escándalos como los de los catedráticos que envían a sus becarios a dar clase por ellos, tragando éstos con tal abuso por su ambición de hacer carrera), los permisos ad libitum, las subvenciones sin auditoría, la indefensión total del alumno ante la posibilidad de calificaciones arbitrarias, y la no necesidad de justificar una labor investigadora para cobrar elevados sueldos, puede entenderse que, en ocasiones, la universidad sea el lugar donde el joven aprende -lejos ya del control férreo que se puede ejercer sobre el profesor de Enseñanza Media- la necesidad de la picaresca, de la sumisión ante la arbitrariedad, y de la mediocridad voluntaria si se quiere hacer una carrera, primero, en los "templos del saber", y, luego, si se tercia, en la política partidocrática.

sábado, 11 de marzo de 2017

ELECCIONES MUNICIPALES EN LA MÓNADA ELECTORAL REPUBLICANA DE CÁDIZ





Museo de las Cortes de Cádiz



Las elecciones municipales en una República Constitucional deben celebrarse según el modelo de elecciones separadas para diputados y presidente de la República que caracterizarían las elecciones generales ajustadas al sistema electoral mayoritario. Así pues, los vecinos de cada localidad elegirían por separado al alcalde y al cuerpo de concejales.

La elección directa del alcalde evitaría los cambalaches políticos que configuran el sistema de listas cerradas y bloqueadas del régimen proporcional partidocrático, pues, dado que los electores no eligen realmente un representante, los partidos del Estado hacen con los votos lo que quieren, negociando entre ellos el reparto de cargos y prebendas.

Por su parte, para que la elección de concejales no se viera sometida al programa de listas típico del sistema electoral proporcional, sería tal vez necesario organizar en cada localidad subdistritos electorales uninominales que se ajustaran al número de concejales elegibles asignado a determinado porcentaje de población, previamente establecido por una ley electoral. Así, de cada uno de esos subdistritos saldría elegido un único concejal, a doble vuelta si fuera necesario.

Tal sistema fomentaría la participación ciudadana en la vida municipal a través, por ejemplo, de las Asociaciones de Vecinos, en cuyos locales harían sus presentaciones y mítines los candidatos, y donde los concejales electos podrían recibir las peticiones y propuestas de los electores de sus distritos.

Se trataría, en suma, de una democracia formal, única vía posible, salvo que se crea en la demagogia de los partidos oligárquicos actuales, para el avance en una democracia social.

sábado, 4 de marzo de 2017

CÁDIZ, MÓNADA ELECTORAL REPUBLICANA






Detalle de la maqueta de Cádiz de 1779 (Museo de las Cortes de Cádiz)




En su obra "Teoría Pura de la República" D. Antonio García-Trevijano estudia el sujeto de la representación política; rechaza que sea el individuo, como creyó la Revolución Francesa, o la clase social, como pensó el comunismo, y tomando de Leibniz el concepto de mónada entendida como unidad irreductible, crea la noción de mónada electoral:



 “En una comunidad nacional homogénea de gran extensión territorial, con abundantes vías de comunicación y de información, se pueden percibir peculiares diferencias de personalidad colectiva, que aún perduran en regiones definidas por su cultura lingüística, jurídica o folclórica, y en municipios rurales alejados de las grandes urbes. Esas peculiaridades, que deben reflejarse en las elecciones municipales, carecen de entidad suficiente para considerarse ajenas a un cuerpo electoral de ámbito nacional. En las elecciones presidenciales, el conjunto de ciudadanos con derecho a voto constituye una homogénea y única mónada electoral.
     Para que en las elecciones legislativas exista la misma o similar homogeneidad social, los distritos electorales han de contar con la población mínima que reproduzca la estructura social de la comunidad nacional. Ese problema no se plantea en las ciudades de más de cien mil habitantes. Pero, por las razones apuntadas en la anterior introducción al tema electoral, la necesaria igualdad demográfica de las circunscripciones electorales exige que la unidad representativa de la pluralidad social, sea el censo electoral correspondiente a cien mil personas vecinales o comarcales. Cada distrito electoral constituye así la unidad irreductible de la representación política en mónadas sociológicas res-publicanas, incluso en las Monarquías. La desusada palabra mónada responde a la actual novedad del concepto político que expresa.

[...]

La mónada de distrito, no los individuos ni los partidos, es el único sujeto posible de la acción política de representar, así cómo la mónada nacional es el único sujeto posible de la acción política de ejecutar. Los diputados tienen el monopolio de la representación particular, el presidente de la República, el de la ejecución representativa de lo general. En aquéllos domina la representación sobre la representatividad, en éste, lo representativo sobre lo representante, pues ha sido elegido para un cargo de ejecución y no de representación”
cf. A. García-Trevijano, Teoría Pura de la República, El buey mudo, Madrid, 2010, pp. 467-468, 473


España quedaría, pues, constituida en unas 400 mónadas electorales de unos cien mil habitantes, microcosmos representativo del macrocosmos sociológico nacional. Dichas mónadas constituirían distritos electorales uninominales a doble vuelta según el sistema electoral mayoritario, y no el proporcional de listas cerradas y bloqueadas de la partidocracia, que elimina así el principio de representación política, y por tanto, uno de los pilares de la democracia formal junto a la separación de poderes.

Cádiz capital formaría de por sí una mónada republicana, porque representa la totalidad de la cosa pública (res publica) que es la materia de la República. De la mónada republicana gaditana saldría elegido un solo diputado que se integraría en la cámara de representantes legislativa, sujeto, empero, a una posible revocación si no cumpliera el mandato otorgado por los electores.

Cuán lejos queda esto, en fin, del sistema neofascista de integración de las masas en el Estado, que caracteriza al sistema electoral proporcional, en el que los votantes no hacen más que refrendar lo que ya han elegido los jefes de cada partido (no olvidemos que en España nadie puede presentarse a los comicios si no forma parte de un partido), y en el que los diputados se sienten naturalmente desvinculados de los intereses de su distrito, y no tienen siquiera que conocerlo, pues sólo están para obedecer las consignas de aquél o aquéllos a quienes deben el sustento.

viernes, 24 de febrero de 2017

PARALELISMOS HISTÓRICOS EN EL 23-F





Escuchaba a Antonio García-Trevijano en un programa dedicado al 23-F trazar unos curiosos paralelismos históricos entre ciertos episodios de la Revolución Francesa y el fallido golpe de estado de 1981. Recordaba el politólogo español que la fracasada huida del rey Luis XVI, detenido en Varennes en junio de 1791, que le suponía en virtud de un decreto de la Asamblea de marzo previo la pérdida de sus poderes reales, fue disimulada por los diputados de dicha Asamblea (que perderían consecuentemente sus diputaciones y estatus) en un secuestro, paradójicamente realizado por los mismos monárquicos acérrimos que formaban el numeroso séquito real en su fuga. Llegaron, así pues, las dos partes a un pacto secreto, por el que los diputados no revelarían al pueblo la felonía del rey, y éste aceptaría renunciar a su derecho de veto constitucional y a sancionar el fin de los privilegios feudales. Fue la posterior aprobación de la inviolabilidad de la persona real, la que provocó la división de los jacobinos, de los que una parte, en la que descollaba Condorcet, abogó claramente por la institución de la república, y fueron subsiguientemente represaliados. Éste fue, según el historiador François-Auguste Mignet, el comienzo de una segunda fase en la Revolución, que, a diferencia de la primera que había consistido en la revuelta de las clases medias contra la aristocracia, radicó en la insurrección del pueblo contra las clases dirigentes, encarnadas en los políticos profesionales de la Asamblea y el Rey. Posteriormente, al ser descubiertas las intrigas reales para acabar con la revolución favoreciendo la invasión de tropas absolutistas extranjeras, fueron esos mismos diputados que habían, primero, ocultado la huida del monarca, y, luego votado su inviolabilidad, como el propio Robespierre, los que se apresuraron a condenarle a muerte, pues se verían comprometidos en su caída, mientras que los que votaron en contra de dicha inviolabilidad, se limitaron a pedir su destierro.

Según García-Trevijano, quien dice basarse en el testimonio de Sabino Fernández Campo, Jefe entonces de la Casa Real, el golpe habría sido promovido por el propio rey, quien deseaba formar un gobierno de concentración nacional, dada la escalada terrorista y la incapacidad de Suárez para resolver la crisis, presidido por el general Armada, y en el que entrarían miembros de las fuerzas políticas, incluidas el PSOE, quien habría dado su aprobación al proyecto. Fue, en cambio, la precipitación del coronel Tejero, quien no habría aceptado la participación del PSOE en el gobierno, lo que hizo dar la vuelta a la tortilla, y que se acabara presentando al propio soberano como víctima de los acontecimientos, igual que en Varennes. Asimismo, la inviolabilidad real recogida en la constitución de 1978, incompatible según García-Trevijano con las reglas de una democracia, demuestra, en paralelo con la aprobada para Luis XVI, la corrupción e indignidad de una clase política, constituida en casta privilegiada bajo el manto protector del rey, -que se siente más legitimado, frente a su condición de sucesor consentido de Franco, instaurador de una nueva monarquía que se saltó el principio de sucesión dinástica encarnado por el padre de Juan Carlos-, al apoyarse en gobiernos de presunta izquierda, como el PSOE, quien será el primero en aceptar su abdicación, por ser de los más comprometidos con el régimen actual. La situación presente, en fin, se asemeja a la de la segunda fase revolucionaria señalada por Mignet, en la que el pueblo es cada vez más consciente de la corrupción de la actual monarquía de partidos.

Sea como fuere, produce estupor, antesala de la indignación, la constatación de la corrupción de la Casa Real, y el inmenso egoísmo del indigno personaje que ostenta la corona, dedicado a patrocinar el régimen antidemocrático y corrupto de la partitocracia, y sus tentáculos autonómicos, a cambio de que se le haya dejado hacer con sus negocios privados (el New York Times le atribuyó recientemente una fortuna personal de 2.300 millones de dólares, sin que nadie lo haya desmentido), sus amistades peligrosas, y sus amantes.

Por tanto, para mí que he creído mucho tiempo que la constitución era garante de nuestras libertades, que la monarquía era una garantía de estabilidad, y que había partidos mejores que otros, es evidente que seguir votando en este sistema actual es corromperse, y que es necesaria la apertura de un proceso constituyente, que desemboque en una república presidencialista, sustentada en la representación real de los ciudadanos, basada no en el sistema proporcional de listas abiertas o cerradas fijadas por los jefes de los partidos estatales, sino en la elección de diputado uninominal a doble vuelta en pequeño distrito, y en una auténtica separación de poderes, es decir, en una verdadera democracia.

domingo, 19 de febrero de 2017

EL TRIUNFO DE LA IDEOLOGÍA SOCIALDEMÓCRATA





Anastasia Rudenko




Tras la derrota de las potencias del Eje por el ejército norteamericano, la superpotencia no se preocupó de dotar a las naciones europeas de un sistema político similar al suyo, es decir, una democracia formal de corte presidencialista, con separación de poderes y principio de representación política con elecciones separadas para el poder legislativo y el ejecutivo, sino que sacó de los escombros a los políticos derrotados en su día por el nazifascismo como de Gasperi, Schumann y Adenauer, los llamados Padres fundadores de la Unión Europea en impropia analogía con los Padres fundadores de la Constitución norteamericana, para que recuperaran el sistema proporcional de listas que dio el poder al nazismo en 1933, concebido por aquél como medio de integrar a las masas en el Estado, eliminando el principio de representación democrática propio del sistema mayoritario de distrito uninominal a doble vuelta, que fue el posteriormente recuperado por el general de Gaulle al instaurar la Quinta República.

La caída del Muro de Berlín precipitó la decadencia de los partidos comunistas en Europa y su conversión en socialdemócratas, caracterizados a partir de entonces por su renuncia al marxismo, su aceptación aliviada del statu quo capitalista, y la compensadora defensa de iniciativas de igualdad social, y derechos de minorías y de agraviados de toda laya, todo ello adobado de un pensamiento relativista, necesario para machihembrar tamañas contradicciones. 

Es así que hoy día no hay político que hable de la necesidad de libertad sino de una siempre creciente igualdad, (discursos de los que los parados han curiosamente desaparecido, pues reducir su número estructural supondría atacar los privilegios del oligopolio económico-finaciero que va de la mano de la casta partidocrática con sus legiones de apesebrados en el régimen autonómico y con sus cohortes de palmeros mediáticos). El concepto de libertad política colectiva, es decir, la libertad de los ciudadanos de poder elegir un auténtico representante político y no limitarse a refrendar a los adeptos que el jefe de cada partido ha puesto en una lista electoral abierta o cerrada -lo mismo da-, les es, pues, extraño, y la falsa igualdad que propugnan no es más que un medio de asegurarse una clientela de subvencionados de todo orden.


jueves, 16 de febrero de 2017

REFLEXIÓN BREVE SOBRE EL CONTROL DEL GOBIERNO POR MEDIO DE LA SEPARACIÓN DE PODERES

La reciente elección de Donald Trump para la presidencia de los Estados Unidos de Norteamérica está provocando infinidad de “debates”, que en su inmensa mayoría se plantean desde posturas ideológicas, contrarias en la práctica totalidad de los casos. Por supuesto que hay notables excepciones, o sobresalientes diría yo, como los análisis que brinda D. Antonio García-Trevijano en Radio Libertad Constituyente, a quien le interesa, como intelectual de talla insuperable que es, el análisis del fenómeno político que supone el nuevo presidente de EEUU.

El tremendo ruido de ambiente de esos “debates” no sería un problema muy grave, sino fuera porque enmascara el análisis riguroso, casi de laboratorio, de cómo funciona una democracia representativa, con separación de poderes, a diferencia de lo que tenemos en España.

Esto es terrible, toda vez que se invita a nuestro pueblo, adocenado a lo largo de nuestra larga historia, a consumir un circo de contenidos superficiales, carentes de sustancia. En su lugar, se deberían señalar los ejemplos claros de la representación política, la libertad política colectiva de un pueblo y el equilibrio del poder, cuya detentación sin control conduce irremediablemente a la naturaleza corruptible del ser humano.

Efectivamente, en casi un mes, hemos tenido la oportunidad de aprender cómo y para qué debe ejercerse la autoridad del Jefe del poder ejecutivo, y sus límites. Me estoy refiriendo al torrente de órdenes ejecutivas o decretos presidenciales (en inglés, executive orders).

Pues bien, de la lectura diaria de las noticias al respecto con un mínimo de rigor analítico, deducimos que en EEUU el gobierno no legisla, sino que el presidente (poder ejecutivo, cabeza del Estado) firma órdenes ejecutivas, dirigidas a los funcionarios del gobierno, y que tienen como finalidad la aplicación de leyes, que elabora ÚNICAMENTE el poder legislativo (la Nación), o cuya posibilidad se contempla de forma explícita en leyes.

Al margen de la carga ideológica del contenido de las órdenes ejecutivas firmadas por el presidente Trump, que sin duda la tendrá, lo que me parece enormemente pedagógico es el hecho de que jueces tengan la capacidad de poner freno a algunas de dichas órdenes, en concreto las relativas a inmigración. Por supuesto, dichos jueces no son magistrados del Tribunal Supremo, aunque apelen a sentencias de éste.

Y ello con el fundamento de que la acción del poder ejecutivo, en este caso, viola la Constitución de EEUU.

O sea, que es posible poner freno al poder ejecutivo, controlando así éste devenga en poder absoluto del Estado, y la tiranía sobre los ciudadanos.

En EEUU, esto es posible desde que el juez Marshall, en el célebre caso Marbury vs Madison, en 1803, dejara sentado que es función y competencia del poder judicial la interpretación de la ley. Y así ha sido hasta ahora, y ello permite tener la seguridad de que el poder ejecutivo, con su naturaleza corruptible, permanecerá dentro de los límites de la Constitución, y de las leyes, que produce la Nación en exclusiva. Y así sucede en las democracias de verdad.

Al margen del discurso del gobierno de Trump, lo cierto es que el poder judicial ha frenado algunas de sus acciones en forma de órdenes ejecutivas, y el presidente…LO ACEPTA, a regañadientes, pero lo acepta.

Compárese con la realidad que vivimos en España. Con un poder ejecutivo que emana directamente del legislativo, coexistiendo con un poder judicial cuyo órgano de gobierno eligen precisamente los diputados y gobierno votados en listas elaboradas por el secretario general o presidente de partido de turno.

Permitidme dejar la conclusión a modo de sencillo ejercicio.

Un fuerte abrazo compatriotas.

 Diego Cánovas Cánovas


sábado, 4 de febrero de 2017

SÓCRATES Y LAS LEYES





Jean-Louis Courtinat



En el Critón platónico Sócrates rechaza la petición de su discípulo homónimo de huir de su condena a muerte en Atenas. Invocando a las Leyes, convertidas en Ideas y personificadas, éstas señalan su inseparable unión a la polis, teniendo pues a Sócrates como "hijo y esclavo" de ellas (ékgonos kai dúlos). Huir, en consecuencia, de la ciudad sería un intento de destruir la propia patria.

Esta confusión máxima entre legalidad y justicia le sirve a Sócrates para justificar su servidumbre voluntaria ante las leyes, que en su boca le amenazan también con el castigo de sus Hermanas del Hades, si las incumple. Esta "dramática pugna" entre principios es magistralmente explicada por Antonio García-Trevijano:

El principio de legalidad tomó conciencia de su dramática pugna con el de justicia en el inverosímil relato de la muerte de aquel maestro del pensamiento griego que, pudiendo huir con dignidad de una sentencia injusta que lo condenaba a beber la cicuta, prefirió morir por amor a las leyes de su patria. El sabio murió pretextando razones de imbecilidad mortal. [...] Lo que Sócrates redime de pecado, con su suicida aceptación de la pena capital, es nada menos que la injusticia legal [...] Triunfó la barbarie de que la legalidad injusta era preferible a la justa adecuación moral de la pena al delito. El maestro dio su vida a la patria que la alimentó con sus leyes. Platón no hizo la apología de la estúpida muerte de un sabio, sino de la utilidad patriótica de la injusticia legal.

(cf. Id, Teoría Pura de la República, El Buey Mudo, Madrid, 2010, p. 430)

El Derecho no nace, así, de ninguna inspiración divina, sino como instrumento para resolver conflictos concretos; es más no hay noción de justicia, si no existen primero las leyes. Su sacralización está en la base del perverso concepto de "obediencia debida", encarnado en la figura del Eichmann condenado en La banalidad del mal de Arendt. Es lícito, pues, para el ciudadano rebelarse de manera pacífica contra las leyes y sentencias injustas, tanto más cuanto no procedan ni un poder legislativo ni de un poder judicial independientes, sino sometidos al poder ejecutivo totalizador neofascista de los partidos estatalistas como en la partidocracia española actual. 

sábado, 28 de enero de 2017

¿LA SEGUNDA REPÚBLICA ES UN MODELO POLÍTICO A SEGUIR?





Robert Capa



La Segunda República Española fue grosso modo una república parlamentaria, cuyo sistema electoral era uno proporcional de listas parcialmente abiertas (un sistema paradójicamente menos cerrado que el actual español, el de nuestro régimen partidocrático neofranquista). No existía, pues, una democracia formal caracterizada por la separación de poderes y la representación política basada en el sistema electoral mayoritario de distrito uninominal a doble vuelta (precisamente aquél al que puso fin la República de Weimar, abriendo la puerta a la utilización por parte del nazifascismo del sistema proporcional para sus propósito de utilizar las votaciones como medio de integración de las masas en el Estado).

No tenía, por lo tanto, que ver con una República Constitucional presidencialista, en la que el Jefe del Estado tendría poderes realmente ejecutivos, y existirían mecanismos para resolver los conflictos que se crearan con el poder legistativo de la Cámara de Diputados, elegidos ambos poderes en elecciones separadas. Por su parte, el llamado poder judicial -poder presque nul según Montesquieu-, mantendría su independencia al ser elegidos sus miembros por los concernidos en su desempeño (los funcionarios de justicia).

En la Segunda República española el Presidente era elegido por las Cámaras, y carecía realmente de independencia de los partidos, y de poderes ejecutivos propios. Tal debilidad del sistema se manifestó en la incapacidad del gobierno, sometido a los intereses de los partidos y otras organizaciones, para controlar a las fuerzas reaccionarias, a las revolucionarias y a las separatistas, desembocando en el desastre que todos conocemos.

Puede, decirse, en fin, que los actuales nostálgicos de dicha República con sus banderitas tricolores -a parte de ser, en el fondo, no más que unos monárquicos de facto por su acomodación a la actual Monarquía de partidos- ignoran que la historia no puede repetirse, ni siquiera bajo la forma de caricatura, y que la única manera de recuperar esta forma de gobierno es la instauración de una República Constitucional como la explicada arriba, tras un verdadero proceso constituyente, que no sea el producto de un tejemaneje secreto entre los jerarcas del franquismo y los nuevos mandarines de la falsa oposición, como la Carta Otorgada de 1978.

martes, 24 de enero de 2017

De Travesía

         Cuaderno de bitácora, día 24  de Enero del Año del Señor 2017. Hace más de 40 años que zarpamos en esta nueva aventura, nos encontramos en plena travesía del Mar Angosto®(1) , debido a las inclemencias meteorológicas y la falta de cooperación de la mayor parte de la tripulación, salir de este Mar en estas condiciones,  se me antoja harto complicado. 



         Desde que las reuniones en la camareta de Oficiales, pasaron a organizarse en el comedor, para que la toma de decisiones se hicieran de manera asamblearía, la tripulación con afán organizativo, a las distintas zonas de la Nave las han renombrado de la siguiente forma:
  • Circulo de Puente.
  • Circulo de Máquinas.
  • Circulo de Hostelería.
  • Y así sucesivamente hasta completar todas las dependencias. 
        Cada Circulo esta compuesto a parte del personal habilitado para tales menesteres, por varios representantes de la dotación, con derecho a voz y voto, aunque lo que oigan les suene a música celestial. Ni que decir tiene que la nave hace de todo menos navegar.

        Tras la asamblea de hoy con los Circulos de Puente y Máquinas, para llevar a cabo la realización de un plan estratégico con el fin de sortear lo mejor posible la difícil situación que nos hemos encontrado, y precisamente en este Mar, no han tenido buen fin.

         Pero por muchas explicaciones de seguir navegando echando bordes de través mientras el barco no sufra demasiado, ni tengamos vías de agua. Que se vigilase el nivel de agua en la sentina. Y si se ha ganado el suficiente barlovento, es el momento de ponerse a la capa.

        Como bien podéis imaginaros les sonó a Música Barroca  y decidieron, hacer una parada porque aquello no iba a durar mucho según sus meditados cálculos, para de esta forma dar descanso a la tripulación y organizar unas fiestecitas. 

        Pude reunirme con varios oficiales y suboficiales, llegando todos a la misma conclusión, nuestras posibilidades de salir con vida de allí, eres nulas. Curiosamente el nombre de nuestro buque es ESPAÑA.


(1) Mar Angosto. Termino Original de la novela Juego de Tronos de George R.R. Martin.

sábado, 21 de enero de 2017

¿ES ESPAÑA UN PAÍS MONÁRQUICO?





Representación de "Escorial" de Michel de Ghelderode en el Teatro Helénico




Se da por sentado que España es un país monárquico por tradición, como Inglaterra. No obstante, habría que plantear varios peros a tal afirmación. Como forma de gobierno propia del Antiguo Régimen, en España lo ha sido en paralelo a otras naciones continentales europeas. Tras la convulsión, empero, de la Revolución Francesa, la monarquía en nuestro país se ha mantenido por el apoyo del ejército, primero, del extranjero de los Cien Mil Hijos de San Luis de la Santa Alianza para mantener su pacto de restauración de las monarquías del Antiguo Régimen, y luego, con el sostén de los distintos pronunciamientos militares decimonónicos que acabaron desembocando en la Restauración borbónica en la persona de Alfonso XII en 1874 tras el breve paréntesis de la I República. Hasta ese momento, la política española estuvo marcada por ese llamado "baile de generales". Ya en el siglo XX, Alfonso XIII se apoyó en la dictadura de Primo de Rivera, hasta las famosas elecciones municipales de 1931, que le llevaron a huir precipitada y deshonrosamente -dejó atrás a su familia- a Cartagena, camino de Roma.

El vencedor de la Guerra Civil, el general Franco, católico tradicionalista y autoritario más que fascista, para legitimar more suo su régimen dictatorial, decidió nombrar como sucesor al nieto de Alfonso XIII, don Juan Carlos de Borbón, para lo cual había conseguido previamente que su padre, don Juan, lo enviara a España para recibir la educación que el dictador consideraba adecuada. Una vez que quedaron claras las intenciones de Franco, don Juan exigió a su hijo que no aceptara ser el sucesor de un dictador. El delfín de Franco, empero, prefirió traicionar a su padre y jurar los Principios del Movimiento. Experto en traiciones, decidió también traicionar a su padre adoptivo y su Instauración (en la que significativamente el monarca es también Capitán general de los Ejércitos), favoreciendo un régimen basado en el acuerdo entre las fuerzas vivas del régimen franquista y la oposición, a su vez traidora al designio de ruptura democrática de la Junta Democrática dirigida por Antonio García-Trevijano. Había nacido, pues, la Monarquía de partidos, basada en una Carta Otorgada, que no Constitución nacida de un proceso constituyente, y en el llamado Estado de las Autonomías, como instrumento de corrupción, clientelismo y desnacionalización proestatalista de la sociedad civil.

El balance no ha podido ser, en fin, más desolador: la monarquía no ha hecho nada más que favorecer el auge separatista, y ser cómplice de la corrupción de los partidos estatales, esperando que los gobiernos sucesivos de los dos partidos mayoritarios hicieran la vista gorda con la propia. Así, el rey Juan Carlos I, al que la historia no juzgará tan favorablemente a medida que siga derrumbándose el pacto de silencio creado en torno a él por el régimen y sus medios, asustado como su abuelo y cargado de escándalos sexuales y económicos, abdicó repentinamente tras unas elecciones europeas en las que vio tambalearse la exclusividad en la alternancia en el poder de las dos patas del régimen, geminación del antiguo partido único. Pudimos asistir luego a la como vergonzante y apresurada toma de posesión de su sucesor, a la que el llamado absurdamente ahora "rey emérito" (como si pudiera haber dos) no se dignó siquiera asistir. Todo lo cual, sin duda, no contribuye a demostrar que exista una tradición monárquica en España, donde la mayoría del pueblo pasó de ser franquista a juancarlista sin solución de continuidad, y donde la monarquía de partidos sólo tiene razón de existir mientras continúe este régimen partidocrático, en el que no existe ni democracia representativa ni división de poderes.