Detalle de la maqueta de Cádiz de 1779 (Museo de las Cortes de Cádiz)
En su obra "Teoría Pura de la República" D. Antonio García-Trevijano estudia el sujeto de la representación política; rechaza que sea el individuo, como creyó la Revolución Francesa, o la clase social, como pensó el comunismo, y tomando de Leibniz el concepto de mónada entendida como unidad irreductible, crea la noción de mónada electoral:
“En una comunidad nacional homogénea de gran extensión territorial, con abundantes vías de comunicación y de información, se pueden percibir peculiares diferencias de personalidad colectiva, que aún perduran en regiones definidas por su cultura lingüística, jurídica o folclórica, y en municipios rurales alejados de las grandes urbes. Esas peculiaridades, que deben reflejarse en las elecciones municipales, carecen de entidad suficiente para considerarse ajenas a un cuerpo electoral de ámbito nacional. En las elecciones presidenciales, el conjunto de ciudadanos con derecho a voto constituye una homogénea y única mónada electoral.
Para que en las elecciones legislativas exista la misma o similar homogeneidad social, los distritos electorales han de contar con la población mínima que reproduzca la estructura social de la comunidad nacional. Ese problema no se plantea en las ciudades de más de cien mil habitantes. Pero, por las razones apuntadas en la anterior introducción al tema electoral, la necesaria igualdad demográfica de las circunscripciones electorales exige que la unidad representativa de la pluralidad social, sea el censo electoral correspondiente a cien mil personas vecinales o comarcales. Cada distrito electoral constituye así la unidad irreductible de la representación política en mónadas sociológicas res-publicanas, incluso en las Monarquías. La desusada palabra mónada responde a la actual novedad del concepto político que expresa.
[...]
La mónada de distrito, no los individuos ni los partidos, es el único sujeto posible de la acción política de representar, así cómo la mónada nacional es el único sujeto posible de la acción política de ejecutar. Los diputados tienen el monopolio de la representación particular, el presidente de la República, el de la ejecución representativa de lo general. En aquéllos domina la representación sobre la representatividad, en éste, lo representativo sobre lo representante, pues ha sido elegido para un cargo de ejecución y no de representación”
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La mónada de distrito, no los individuos ni los partidos, es el único sujeto posible de la acción política de representar, así cómo la mónada nacional es el único sujeto posible de la acción política de ejecutar. Los diputados tienen el monopolio de la representación particular, el presidente de la República, el de la ejecución representativa de lo general. En aquéllos domina la representación sobre la representatividad, en éste, lo representativo sobre lo representante, pues ha sido elegido para un cargo de ejecución y no de representación”
cf. A. García-Trevijano, Teoría Pura de la República, El buey mudo, Madrid, 2010, pp. 467-468, 473
España quedaría, pues, constituida en unas 400 mónadas electorales de unos cien mil habitantes, microcosmos representativo del macrocosmos sociológico nacional. Dichas mónadas constituirían distritos electorales uninominales a doble vuelta según el sistema electoral mayoritario, y no el proporcional de listas cerradas y bloqueadas de la partidocracia, que elimina así el principio de representación política, y por tanto, uno de los pilares de la democracia formal junto a la separación de poderes.
Cádiz capital formaría de por sí una mónada republicana, porque representa la totalidad de la cosa pública (res publica) que es la materia de la República. De la mónada republicana gaditana saldría elegido un solo diputado que se integraría en la cámara de representantes legislativa, sujeto, empero, a una posible revocación si no cumpliera el mandato otorgado por los electores.
Cuán lejos queda esto, en fin, del sistema neofascista de integración de las masas en el Estado, que caracteriza al sistema electoral proporcional, en el que los votantes no hacen más que refrendar lo que ya han elegido los jefes de cada partido (no olvidemos que en España nadie puede presentarse a los comicios si no forma parte de un partido), y en el que los diputados se sienten naturalmente desvinculados de los intereses de su distrito, y no tienen siquiera que conocerlo, pues sólo están para obedecer las consignas de aquél o aquéllos a quienes deben el sustento.
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